Tarjeta Profesional Construcción
Como consecuencia de la aplicación de la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, y de lo establecido por el Convenio General del Sector de la Construcción 2007-2011, se ha encargado a la Fundación Laboral de la Construcción el desarrollo y emisión de esta tarjeta.
La Tarjeta Profesional de la Construcción acredita la formación recibida por el trabajador en materia de prevención de riesgos laborales, su categoría profesional, periodos de ocupación en distintas empresas (experiencia en el sector de la construcción), y reconocimientos médicos. La formación mínima necesaria para trabajar en el sector de la construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 32/2006 y el Convenio General del Sector de la Construcción 2007-2011 será de 8 horas. La posesión de esta tarjeta también facilita el acceso a ciertos servicios que proporciona la Fundación Laboral de la Construcción.
Los beneficios que aporta la Tarjeta de Profesional de la Construcción a la empresa, son fundamentalmente la certificación de que sus trabajadores en plantilla, los trabajadores de nueva incorporación y los subcontratados tienen la formación mínima obligatoria, y reconocimiento médico en vigor. Uno de los puntos interesantes de la implantación de este sistema es la reducción de reconocimientos médicos ya que a la hora de contratar a una persona que viene de otra empresa con su tarjeta, y con reconocimiento en vigor, no será necesario hacer un nuevo reconocimiento, algo que sin duda no favorece a las clínicas y sí a las empresas del sector.
Pueden solicitar esta tarjeta los trabajadores en alta, o en situación de incapacidad temporal que presten sus servicios en empresas del sector y aquellos en situación de desempleo que puedan acreditar al menos 30 días trabajados en empresas de la construcción dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud.
La Tarjeta de Profesional de la Construcción puede solicitarse en los siguientes puntos de tramitación:
- Centros de la Fundación Laboral de la Construcción.
- Asociaciones empresariales de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC).
- Federaciones sindicales de Construcción, Madera y Afines de Comisiones Obreras (FECOMA-CC.OO.), y Metal, Construcción y Afines del Unión General de Trabajadores (MCA-UGT).
Para más información sobre documentación necesaria, formación mínima y puntos de tramitación pueden pulse en el siguiente enlace.